La presente Norma se aplica a los aceites vegetales comestibles que se indican en la Sección 2.1, presentados en forma idónea para el consumo humano.
La presente Norma se aplica a las grasas que se indican en la sección 2, presentadas en un estado apto para el consumo humano.
Esta norma establece los límites máximos de residuos de plaguicidas para la comercialización del cundeamor (Momordica charantia L.) de la familia Cucurbitaceae.
Esta norma establece los límites máximos de residuos de plaguicidas para la comercialización de la bangaña (Lagenaria siceraria) de la familia de las Cucurbitáceas.
Esta norma se emite con la designación fija D2241; el número que sigue inmediatamente a la designación indica el año de adopción original o, en el caso de revisión, el año de la última revisión. Un número entre paréntesis indica el año de la última reaprobación. Un superíndice épsilon (ε) indica un cambio editorial desde la última revisión o reaprobación.
Esta norma específica los requisitos de iluminación para lugares de trabajo interiores y para que las personas realicen las tareas visuales de manera eficiente, con comodidad y seguridad durante todo el período de trabajo.
El presente documento establece el código de prácticas de higiene para la elaboración del coco desecado, que se obtiene desecando la nuez pelada de coco desmenuzada o molida fruto del cocotero, (Cocos nucifera), según se definen en el capítulo 3.
Este documento especifica los requisitos para la calidad y la competencia en los laboratorios clínicos.